II
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: INADMISIBLE el recurso de apelación presentado por los profesionales del derecho NEILA ESTHER BERBECI y ANTONIO ENRIQUE JIMÉNEZ, inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nº 53.537 y 47.811, respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales del ciudadano MIGUEL ANTONIO MUÑOZ GONZÁLEZ, en su condición de solicitante, contra la decisión Nro. 323-16, de fecha 02 de noviembre de 2016, dictada por el Juzgado Primero Itinerante de Primera Instancia en Funciones de Control con Competencia en Delitos Económicos y Fronterizos del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, la cual decretó: PRIMERO: Sin lugar la solicitud de entrega material formulada por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MUÑOZ GONZÁLEZ, del vehículo .....