Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ADMITIR LA QUERELLA ACUSATORIA, incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO DELGADO SPINETTY, venezolano, natural de Caracas, T.M. Contabilista, Casado, titular de la cédula de identidad número V-10.938.264, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, Parroquia Bolívar, calle San Vicente 84 A, entre avenidas 12 y 13 A, nomenclatura N° 12-121- tlf.0426-7687131, conforme a lo dispuesto en los artículos 292, 293, 294 y 296 del Código Orgánico Procesal Penal; en contra de la ciudadana YACQUELINA DEL VALLE BRACHO TORREALBA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad número V-9.733.167, de oficio Comerciante, residenciada en el Barrio 14 de Julio, calle 94 Q, (La Rinconada), con av.....