IV.- DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE JUICIO CONSTITUIDO EN FORMA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA a los acusados EDIBERTO ANTONIO CALDERON VERA, natural de Maracaibo, nacido el 08.05.17, Cédula de Identidad N° 10.406.041, de 34 años de edad, hijo de HAYDEE VERA y de ALBERTO CALDERON, residenciado en la Urbanización Cuatricentenario, Segunda Etapa, Sector 04, Vereda 41, Casa No. 01, de la calle 64 del Municipio Maracaibo, Estado Zulia y ALDO EMIRO GUTIERREZ FUENMAYOR, natural de Maracaibo, nacido el 14.07.68, Cédula de Identidad N° 11.290.523, de 37 años de edad, hijo de IRAMA DE GUTIERREZ y de ALBERTO GUTIERREZ, residenciado en el Barrio Obrero, avenida principal, casa No. 100C-29, a cien metros de la parada de Buses de la Ruta 06, del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena DOS (02)AÑOS y OCHO (08) MESES DE PR.....