Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha nueve de diciembre del 2016, presentada por abogado en ejercicio Rubén Darío Méndez Alvarado, Inpreabogado No. 134.143, en su carácter de apoderado judicial especial del ciudadano ROGERMAN ANTONIO COLMENARES QUESADA, titular de la cedula de identidad No. V- 15.479.636, con domicilio en el estado de Georgia Estados Unidos de Norteamérica, representación que se evidencia en actas, solicitud de divorcio que obró en contra de la ciudadana JULMARY LISSETH ROLDAN RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N.....