POR LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS, ESTE TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONDENA al ciudadano, hoy penado ANGEL RAMON GALBAN VILCHEZ, Venezolano, natural de Maracaibo, Titular de la Cedula de Identidad N° 13.000.146, de 33 años de edad, de fecha de nacimiento 03-01-1975, de estado civil Concubino, hijo de ANGEL GALVAN y EDICTA VILCHEZ, profesión Mecánico automotriz Industrial, residenciada en el Barrio Slice, Calle 4, casa 2-16, diagonal al abasto Santa Teléfono 0426-9606082, Municipio Maracaibo del estado Zulia, como Autor en la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULOS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en perjuicio del ciudadano RENATO MONTIEL; a cumplir la pena corporal de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISION,, más accesorias .....