Por todos los razonamientos de hecho y derechos antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley ACUERDA LA ENTREGA EN CALIDAD DE DEPOSITO, del vehículo con las siguientes características PLACA ACTUAL: 008-NAJ, SERIAL DE CARROCERIA: FJ45204560, SERIAL DE MOTOR: 2F310915, MARCA: TOYOTA, AÑO: 1978, COLOR: AMARILLO, CLASE: RUSTICO, TIPO: PICK-UP, USO: CARGA, al ciudadano JULIO CESAR CALZADILLA LISCAINO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.896.234, PARA SU USO Y DISFRUTE, y en virtud de lo expuesto en la experticia NO PUEDE SER VENDIDO, CANJEADO, SUBASTADO, NO PUEDE SER TRANSFERIDA SU PROPIEDAD EN NINGUNA FORMA, NI HACER TRANSFERENCIA DEL MISMO A TRAVÉS DE DOCUMENTO PODER ALGUNO, pudiendo circular con dicho vehículo por todo el territorio de la República, con la obligación de presentarlo las veces que s.....