III
DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus NIVIS MARÍA REYES CHIRINOS, titular de la cédula de identidad número V-12.467.918, a los ciudadanos DÉBORA DEL ROSARIO APARICIO REYES, DAINIRY MERCEDES APARICIO REYES, DOMELYS JOSEFINA APARICIO de MONTENEGRO, DAIRELIS DEL CARMEN APARICIO REYES, DONALIZ MARÍA APARICIO REYES, GUILLERMO AUGUSTO APARICIO REYES, JULIO ROMÁN APARICIO REYES, JOSÉ RAMÓN APARICIO REYES y DAYANA COROMOTO APARICIO REYES, titulares de las cédulas de identidad números V-18.484.654, V-12.466.075, V-12.466.077, V-13.660.311, V-14.723.711, V-14.723.713, V-15.785.520, V-15.785.522 y V-17.821.905, respectivamente, en su condición d.....