En razón de las consideraciones expuestas, este JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL CON FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que hiciere el ABG. JULIO CESAR MOLINA CALDERON, con el carácter de Defensor Privado del imputado RICHARD ALEXANDER AVILA RIVAS, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo Estado Zulia, cedula de identidad N° V-14.863.235, fecha de nacimiento 18/07/1975, de 36 años de edad, profesión u oficio obrero, estado civil soltero, hijo de Manuelito Ávila y Rafaela Rivas, y residenciado en el sector Jagüey de Monte, parcela el Balancín, en la Tienda de la Señora Cintia Guevara, casa S/N, Municipio Jesús Enrique Losada del Estado Zulia, Municipio San Francisco del Estado Zulia, número de teléfono celular 0414-5235645, a quien se le sigue proceso penal por la presunta comisión del delito de TRA.....