este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana DILIA ROSALIA ALVARADO DE ESAA, titular de la cédula de identidad Nº 234.103, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos DILIA JOSEFINA, LEOPOLDO JOSÉ, CARLOS ALBERTO, YELITZA COROMOTO, LUIS GERARDO, RAFAEL ENRIQUE y ORLANDO JESUS ESAA ALVARADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° 5.425.056, 3.928.464, 4.519.348, 4.535.782, 7.708.678, 7.708.677 y 7.362.936 respectivamente, en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano LEOPOLDO ESAA ANDERSON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 83.617, fallecido en el Edificio Torre Sur Apartamento 2 A calle 68 entre Av. 4 y 8 de la Par.....