Con lugar la solicitud presentada. En consecuencia se declara a los ciudadanos Derwin José Quintero Silva, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-13.741.699, Leonel Jesús Quintero Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-23.769.184 y Dioner Jesús Quintero Castillo, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad V-26.701.315, a los adolescentes y al niño (Se omite el nombre del niño, niña o adolescente de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), de dieciséis (16), doce(12) y diez (10) años de edad, en su condición de hijos, tal como se evidencia de las actas de nacimiento consignadas, como Únicos y Universales Herederos del causante Danilo Ramón Quintero, fallecido ab-intestato en jurisdicción de la parroquia La Sierrita, municipio Mara del estado Zulia, según consta en copia certificada del acta de defunción consignada.