el Tribunal provee conforme a lo solicitado y en consecuencia se SUSPENDE LA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, sobre el treinta por ciento (30%) de la Cesta Ticket o Bono de Alimentación, de la pensión vitalicia por jubilación, sus aumentos, utilidades y bonificaciones de fin de año, fideicomiso, intereses y cualquier otro concepto que pueda corresponder al hoy fallecido, ciudadano ANGEL SEGUNDO INCIARTE HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad nro. V.- 1.052.853, como empleado jubilado de PDVSA; decretada por este Tribunal en fecha veintiocho (28) de julio de 2.006, y ejecutadas por el Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, según actas de embargo de fecha tres (03) de agosto de 2.006.- En consecuencia se ordena oficiar, haciéndole la debida participación a la empresa PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A.- Ofíciese.-