Por los fundamentos antes expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: Primero: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado Ciudadano: IGNACIO SEGUNDO VARGAS CAMUÑAZ, de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha: 19-09-1974, de: 50 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Técnico embobinador, Titular de la Cédula de Identidad V- 4.756.657 , hijo de: OLGA CAMUÑAZ (V) y IGNACIO VARGAS (V), residenciado en La Urbanización Plaza del Sol, Edificio los Bucares, segundo piso Apartamento N° 2L, Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en los Ordinales 3° y 6° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, sometiendo al imputado a un régimen de presentaciones pe.....