DECISIÓN
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA COMPETENTE para el conocimiento de la Causa signada por ante esta Alzada con el N° 3Aa 2087-03, seguida en contra del imputado PEDRO LUIS BLANCO PIÑA, Venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 18.283.619, con domicilio en el Barrio Negro Primero, Avenida 6 con calle 28, No. 6-42, Municipio San Francisco del Estado Zulia, a quien el Ministerio Público le atribuye la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano DANIEL ANTONIO CORONADO GONZÁLEZ, al TRIBUNAL NOVENO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de.....