Primero: Se decreta el archivo judicial de la presente causa seguida en contra de la ciudadana, MARIELA DE LOS ANGELES COLINA HUERTA, portadora de la cédula de identidad V-23.450.236, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, de fecha de nacimiento 6-4-1991, de 22 años de edad, estado civil soltera, de sexo femenino, de profesión u oficio ama de casa, hija de Eduviges Huerta y Darío Colina, residenciada en la parroquia Cecilio Acosta, Sector Los Claveles, calle 96J con avenida 17, casa 46-70 y domiciliada en el municipio Maracaibo del estado Zulia, teléfono: 0261-753.94.96, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana, EDUVIGES DEL CARMEN HUERTA RODRIGUEZ; y por consiguiente, el cese de todo tipo de medida de coerción personal, cautelar, de aseguramiento y su condición de imputada, de conformidad con lo establecido en el artículo 364 del Código Orgánico Procesal Penal. Reg.....