Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto, suscrito por la ciudadana ANDREINA MARIA RONDON LUCENA, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V-19.750.337, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia, en contra del ciudadano NIORGIS ALBERTO VILLEGAS ROJAS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-14.511.064, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, y déjese copia certificada por secretaria de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y l.....