En merito de las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con las siglas 8B, ubicado en el piso octavo del edificio "Centro Comercial Clodomira", situado en la calle 72 entre avenidas 4 "Bella Vista" y 8 "Santa Rita", en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, constante de una superficie aproximada de doscientos seis metros cuadrados (206 Mts.²), propiedad de la parte demandada, ciudadano SAMI SALMAN EL HAJI, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 26.405.458, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Primer Circuito en fecha 22 de enero de 2009, con el N° 2009.183, Asiento Registral 2 del in.....