Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, numeral 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, presentación en la sede del despacho cada treinta (30) días y la prohibición de salir de seta jurisdicción sin autorización de este tribunal, al imputado 1.-JOSE BENITO POLANCO DELGADO, Venezolano, natural Cinámica, fecha de nacimiento 08-06-1987, de 20 años de edad, Soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cedula de identidad N° 20.581.931, hijo de los Ciudadanos EURA DELGADO Y FRANCISCO POLANCO, y residenciado en: Sector viento bonito, avenida principal, .....