Por los fundamentos antes expuestos de hecho y de derecho, este TRIBUNAL DECIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: ADMITIR LA ACUSACION presentada en fecha 19/01/2012, en contra del acusado ERNESTO JARAMILLO PEREIRA, de nacionalidad Colombiano, Natural de Cordova, titular de la Cédula de Identidad N° C-15.662.291, fecha de nacimiento 27-11-1958, de 53 años de edad, profesión u oficio Vigilante, estado civil casado, hijo de FELIPA PEREIRA y AGUSTIN JARAMILLO, y residenciado en la Barrio 12 de Marzo, Sector Marite, calle 108B, Casa N° 79-12, a cinco casas de Abasto "El Paisa", teléfono 611-28-37 y 0426-9629933 del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; por la comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del .....