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Decisiones del dia 08/01/2004 |
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N° Expediente :
3E-043-01.-
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N° Sentencia :
004-04
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Fecha: 08/01/2004 |
Procedimiento: Redencion De Pena |
Partes: HERRERA PÉREZ LUIS EVELIO |
Resumen:
Por las razones y fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REDIME LA PENA a favor del penado HERRERA PÉREZ LUIS EVELIO, plenamente identificado en actas y actualmente recluido en la Cárcel Nacional de Maracaibo el lapso de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES, ONCE (11) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, los cuales deberán ser descontados de la Pena Principal impuesta, todo de conformidad con lo establecido los artículo 3° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo en concordancia con el artículo 479, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese y notifíquese de presente decisión, previa la realización del correspondiente cómputo de pena tomando en cuenta la redención que antecede.
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Juez/Ponente:
Yoleida Montilla
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Organo:
Tribunal Tercero de Ejecución
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N° Expediente :
E.L.143
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/01/2004 |
Procedimiento: Calificación De Despido |
Partes: JOSE LUIS CARRERO MORENO VS. W.BORGE SERVICES,C.A. |
Resumen:
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Calificación de Despido intentada por el ciudadano JOSE LUIS CARRERO MORENO contra la Empresa W. BARGE SERVICES, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la empresa accionada reenganchar al ciudadano JOSE LUIS CARRERO MORENO, en las mismas condiciones trabajo en que se encontraba al momento del despido, es decir como Supervisor de Operaciones.
TERCERO: Se ordena igualmente a la perdidosa a pagar los salarios caídos del trabajador desde el momento del despido, es decir el 08-10-2.003, hasta la efectiva reincorporación a sus labores, con todos los beneficios que hayan otorgado las Leyes de la República, como si no .....
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Juez/Ponente:
Jexsin Colina Davila
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Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente :
2047-03
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N° Sentencia :
2047-03
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Fecha: 08/01/2004 |
Procedimiento: Intimación Al Cobro |
Partes: CARMEN ELISA JUAREZ JUAREZ VS JOSEFA ARACELYS RAMONES DE VELASQUEZ Y JENNY VELASQUEZ |
Resumen:
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de CONVENIMIENTO, realizado por el abogado ADOLFO ROMERO ANGULO, en su carácter apoderado actor y las ciudadanas JOSEFA RAMONEZ DE VELASQUEZ Y JENNY KARINA VELASQUEZ RAMONES, parte demandada en el presente juicio, en consecuencia, se homologa el presente convenimiento, dándole el carácter de cosa Juzgada y por último se abstiene este Juzgado de archivar el expediente.
B) En cuanto a las costas procesales se deja constancia que las partes en uso del principio de la autonomía de la voluntad determinaron las mismas en el acto contentivo del convenimiento, por lo cual el Tribunal se abstiene de hacer pronunciamiento alguno sobre este concepto dado el pacto.....
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Juez/Ponente:
Fernando Atencio Barboza
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Organo:
Juzgado Primero de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente :
1006-03
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N° Sentencia :
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Fecha: 08/01/2004 |
Procedimiento: Pensión De Alimentos |
Partes: MAYRA ALEJANDRA GONZALEZ NEGRETTE, ABEL ANTONIO MENDEZ GONZALEZ. |
Resumen:
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Mara Páez y Almirante Padilla, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente reclamación alimentaria incoada por la ciudadana: MAYRA ALEJANDRA GONZALEZ NEGRETTE, contra el ciudadano: ABEL ANTONIO MENDEZ, y a favor de los niños Abel Eduardo y Abel Antonio Méndez González. En consecuencia tomando en cuenta la capacidad económica del demandado y las necesidades de los niños, evidenciadas de factores tales como su edad, se fija como pensión alimentaria mensual la cantidad a lo equivalente a un (1) salario mínimo nacional, tomando en cuenta la fijación que de el mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de DOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DIEZ VOLIVARES CON CERO CENTIMOS MENSUALES. Lo que significa que la cantidad obligada a cancelar por el ciudadano: ABEL ANTONIO MENDEZ, por concepto de pensión alimentaria es.....
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Juez/Ponente:
Jackeline Torres Carrillo
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Organo:
Juzgado de los Municipios Mara, Páez y Almirante Padilla
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