En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-) CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano LEON OCANDO FUENMAYOR, en contra del ciudadano GUSTAVO PINTO CAÑAS ambas partes identificadas en autos, por DESALOJO. y en consecuencia se ordena a la parte demandada al pago de la cantidad TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00), por concepto de cuotas de condominio y cánones de arrendamiento por los meses de junio, julio, agosto, septiembre, y octubre del año 2008, a razón de QUINIENTOS VEINTE BOLIVARES (Bs. 520,00) cada uno de ellos, más los meses que se sigan venciendo por los mismos conceptos, hasta que la sentencia sea definitivamente firme.
2.-) Se ordena al demandado GUSTAVO PINTO CAÑAS, entregar totalmente desocupado de personas y cosas, el inmueb.....