Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
PRIMERO: Con fundamento en los artículos 480 y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a la ejecución de la pena al penado JOSE ADAN MONTIEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Caja Seca, titular de la Cédula de Identidad N° 13.478.592, soltero, albañil, hijo de SEGUNDO MONTIEL y de SKIRIA GONZALEZ, residenciado en el Barrio Etnia Guajira, sector Sibucara, casa s/n, Maracaibo, Estado Zulia, quien fue condenado por el Juzgado Superior Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Pen.....