Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Quinto en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano RICARDO JOSE IBARRA PULIDO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 11.870.512, de 45 años de edad, residenciado en la calle 100 Sabaneta, casa No. 100-95, adyacente a la Clínica Zulia y de la ciudadana YNES SOFIA YPUANA URIANA, venezolana, titular de la cédula de identidad No. 10.919.395, de 40 años, residenciado en el Barrio Cujicito, casa No. 48-10, adyacente a la pollera La Meta, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a quien la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público del Estado Zulia, le atribuyó la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES INTENCIONALES, previstos y sancionados en los artículos 406 ordinal 1º y 413 del Código .....