ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000006
PARTE ACTORA: JOSE ANTONIO OLIVAR
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado ALFREDO SANCHEZ, Inpreabogado N° 11.068.
PARTE DEMANDADA: DIARIO LA VERDAD, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Carlos Morell y Mayerling Fernández, Inpreabogados N° 121.031 y 120.229 respectivamente.
MOTIVO: Calificación de Despido
En el día hábil de hoy,6 de Febrero de 2009, siendo las 11:37 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JOSE ANTONIO OLIVAR en su carácter de parte actora asistido por su apoderado judicial abogado Alfredo Sánchez y DIARIO LA VERDAD, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Carlos Morell Franchi y Mayerling Fernández, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada insiste en el despido y cancela en este acto al demandante la cantidad de diecisiete mil doscientos once con veintinueve bolívares fuertes (Bs.F. 17.211, 29) en cheque de gerencia de la cuenta N° 011660199522120210100, cheque N° 03597107, a la orden de José Olivar con la mención NO ENDOSABLE. Con este pago la demandada cancela los siguientes conceptos: antigüedad artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo, artículo 108 Parágrafo Primero Literal B Ley Orgánica del Trabajo, Vacaciones fraccionadas del 13/02/08 al 19/12/08, bono vacacional fraccionado, participación en los beneficios del 13/02/08 al 19/12/08, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido injustificado, y salarios dejados de percibir. Declara el demandante que recibe la cantidad antes mencionada a reserva de presentar reclamación si lo considerare pertinente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
La demandada consigna instrumento poder original en dos (2) folios para su vista y devolución y copia fotostática simple del mismo en dos (2) folios para agregar al expediente, asimismo consigna copia simple del cheque entregado y de la liquidación de prestaciones sociales.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
El Secretario
Los Presentes:
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