Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN POR PENA PRINCIPAL CUMPLIDA, a favor del penado ARSENIO AUGUSTO ROMERO SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.946.929, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, Soltero, obrero, hijo de Carmen Suarez y Astolfo Romero, residenciado en Santa Cruz de mara, Sector Los Coquitos, calle y casa S/N, entrando por la Playa Los Coquitos, a tres casas de la entrada, Estado Zulia, en la causa seguida en su contra por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal, quien actualmente goza de LIBERTAD CONDICIONAL como Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, conforme a lo establecidos en el Artículo 496, en concordancia con el Artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal; todo ello de confor.....