Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA a favor del ciudadano JUAN CARLOS QUINTERO BOSCAN, venezolana, natural de Maracaibo, de 25 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad No. 13.931.455, hijo de Brunilda Boscan (v) y de Adeliz Quintero (+) y residenciado Residencias Palaima, Edificio 3, Torre 1, planta baja, al lado del Colegio de Abogados, del Municipio, Maracaibo, Estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 105° del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 Ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. ASI SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.----------------------------------