CONCEDE:
AUTORIZACION SUFICIENTE a la ciudadana XIOMARA RAFAELA ROO URDANETA, titular de la cédula de identidad Nº 7.770.979, para que en representación de su hijo RUBEN DANIEL ARANDIA ROO, venda los derechos que posee el referido niño en una casa de habitación, ubicada en el Parcelamiento La Gloria, casa # 94-42, en Jurisdicción de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamente del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, la cual tiene una superficie aproximada de (54,72 mts2) de construcción, integrada por las siguientes dependencias: dos (2) habitaciones, un (1) baño, sala-comedor, cocina y sus linderos son: Norte: La Parcela 94-32 del lote D, Sur: La Parcela 94-52 del Lote D, Este: la Avenida sesenta y nueve 69 y Oeste: La Parcela 94-43 del Lote D, la cual se encuentra registrada en fecha 03 de marzo de 1994 por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Estado Zulia quedando anotada bajo el N° 16, Protocolo 1°, Tomo 14.