ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA extinguida el ejercicio de la acción penal, y por consiguiente, el Sobreseimiento de la causa penal N° C02-24.425-2011, a favor del ciudadano ESMELIN JOSE CEPEDA PEREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Cabimas, Estado Zulia, nacido en fecha 15-08-1.945, de 66 años de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 4.811.109, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de CELESTINO ENRIQUE CEPEDA (f) y de MISTICA ROSA PEREZ, y residenciado en el sector Brisas del Río, calle principal, casa sin número, a tres casas de la plaza El Batey, Municipio Sucre del Estado Zulia, teléfono de contacto: 0416-707-2054, por la comisión del tipo delictivo de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, descrito y castigado en el artículo 413 del Código Penal, en menoscabo del ciudadano JESUS ARQUIMIDES MOTA, toda vez que se ha verificado el total y cabal cumplimien.....