PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ANA VICTORIA PACHECO GALICIA, en su carácter de defensora privada del ciudadano JOSÉ LUIS FUENMAYOR PEROZO.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión N° 324-2016, de fecha 05 de abril del 2016, emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, en cuanto a la precalificación del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 3, 7, 8 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, cometido en perjuicio del ciudadano AURELIO SEGUNDO GONZALEZ, al no existir elementos de convicción en actas que acrediten la conducta del encartado de autos en dicho tipo penal, ajustando esta Alzada la conducta de dicho imputado en el delito de HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 1 y 2 numerales 5 y 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Au.....