APROBADO Y HOMOLOGADO el convenimiento de obligación de manutención acordado por los ciudadanos Belkis Carolina Muñoz Wilhen y Dario Humberto Piñeiro Leal, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No. V- 15.060.100 y V- 4.158.882, cuyo contenido es el siguiente: "1.- Se acuerda la cantidad equivalente al 30% del sueldo que recibe el progenitor, lo cual será retenido directamente por la empresa y depositados en una cuenta corriente en la entidad bancaria B.O.D, a nombre de la progenitora, Nº de cuenta 0116-0128-62-0024731080. 2.- En materia de educación, tales como inscripción, mensualidad y útiles escolares, será cancelado por el beneficio laboral por parte del progenitor. En cuanto a los uniformes escolares será cancelado en un 50% por cada uno de los progenitores. 3.- En materia de gastos de salud, el niño cuenta con Seguros Horizonte por parte del progenitor el cual cubre hospitalización, cirugía, emergencia, consultas, medicamentos, exámenes médicos, lo q.....