ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 4 DEL ESTADO NUEVA ESPARTA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTO: PRIMERO: De las actas se desprende que efectivamente estamos en presencia de un consumidor de estupefacientes, convicción que se desprende tanto de la experticia química botánica, la cual se desprende el pesaje de la sustancia ilícita incautada en poder del sujeto activo, y la efectuada al mismo, Experticia Toxicológica en Vivo, de donde se desprende que salió positivo en la muestra, pudiéndose presumir entonces, que por la cantidad incautada, que esta dentro de los parámetros para el consumo, siendo en consecuencia, que estamos en presencia de un consumidor. SEGUNDO: En virtud de que no nos encontramos en la comisión de un hecho punible tal como lo ha establecido el Ministerio Público, quien es el titular de la acción penal, al no imputar delito alguno es por lo que de conformid.....