D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Control Nº 3, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de oficio a los fines de evitar dilaciones indebidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 en relación con el artículo 48 numeral 1° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, declara el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano DANILO ANTONIO MEDINA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 18364924, de 26 años de edad, hijo de Rafaela Vivas de Medina, nacido en Barquisimeto, residenciado en barrio Los Sin Techo, Barquisimeto, Estado Lara, por los hechos que descritos en el capítulo primero, fueran investigados por la Representación Fiscal, y que quedaron descritos en el primer capítulo de la presente decisión, que presuntamente configuran el delito de Porte ilícito de arma de fuego y aprovechamiento de cosas proveni.....