Por los Fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano JOSE MARIA LEON RINCON, quien es de nacionalidad venezolana, natural de la Cañada de Urdaneta, Estado Zulia, de 43 años de edad, fecha de nacimiento: 18-03-1965, casado, de profesión u oficio chofer, cedula de identidad No. 7.891.333, hijo de ISLENIA RINCON y de NILO RAMON LEON, residenciado en la Cañada de Urdaneta, sector El Rosado, calle 6C, casa N°.44-77, diagonal al deposito Marialbis, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 460 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano MARCOS ROMER ROMERO MARTINEZ, y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 27.....