PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Juez Unipersonal No. 4, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
APROBADO Y HOMOLOGADO: El Convenio celebrado entre los ciudadanos OSCAR GARCIA y BEATRIZ DE ALBA DE GARCIA , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 7.707.888 y N° V- 18.282.567, respectivamente, en beneficio de la niña (Se omiten los nombres de los niños, niñas y/o adolescentes por razones de confidencialidad) , en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
1.- Se acuerda que el progenitor se compromete en aportar la cantidad de MIL CIEN BOIVARES (Bs. 1.100,oo) MENSUALES, los cuales serán depositados a razón de QUINIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 550,oo) QUINCENALES, en la cuenta corriente del B.....