Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO Y COBRO DE BOLÍVARES POR CÁNONES DE ARRENDAMIENTO interpuesta por la ciudadana NORA ORDAZ DE GUEVARA, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad número V-2.877.314, en su carácter de Apoderada Judicial de las ciudadanas FRANCISCA LUCIA MARCANO DE DELPINO, ARACELIS JOSEFINA DELPINO MARCANO, y OFELIA MARÍA DELPINO MARCANO, venezolanas, mayores de edad, viuda la primera, casada la segunda y soltera la última de las nombradas, titulares de las cédulas de identidad Números V-2.815.687, V-4.018.967 y V-4.712.819, respectivamente, integrantes de la Sucesión del de cujus MIGUEL RAMÓN DELPINO, quien falleció ab-intestato en la ciudad de Maracaibo, el día 30 de agosto .....