Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO UNIPERSONAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por la Fiscalía 5º del Ministerio Público en contra del ciudadano ROBINSON JOSE MENGUAL de nacionalidad venezolana, natural de Sinamaica del Estado Zulia, nacido el 17-06-1968, de 38 años de edad, de estado civil concubino, de profesión u oficio albañil, manifestando ser titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 21.080.923, hijo de JESUS PINEDA E ISABEL MENGUAL, residenciado en el barrio 4 de Abril, casa signada con el N° 15 calle 10 detrás del Centro Comercial Sambil, en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA CONTRA LA MUJER Y LA FAMILIA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de DINORA ROSA GUTIERREZ SILVA......