Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Extensión Cabimas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley acuerda: PRIMERO: Condenar al ciudadano JOSE LUIS ACURERO GONZALEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido el 8 de julio de 1977, , de 29 años de edad, Ingeniero Industrial, soltero, titular de la cédula de identidad número V-12.805.295, hijo del ciudadano José Luís Acurero y Carmen González de Acurero, domiciliado en la Avenida La Limpia, Calle 79, GH, Residencias La Florida, Edificio Trujillo, Apartamento 7B, Sector La Florestas, en Jurisdicción del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, teléfono 0414-6341443- 0416-2609972, a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y OCHO MESES DE PRISION, más las accesorias de ley establecidas en el Artículo 16 del Código Penal Venezolano, por la comisión del .....