Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN CABIMAS, administrando justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL a favor del ciudadano ONEL JHON CAMACARO ARTEAGA, de nacionalidad venezolana, natural de Ciudad Ojeda, Estado Zulia, cédula de identidad N° 17.994.782, fecha de nacimiento 28-09-1988, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Bachiller, hijo de Noel Camacaro y de Aleida Arteaga, y con residencia en el Barrio San Benito, Calle Táchira, casa sin número, diagonal a la Tienda de Víveres "Divino Niño", teléfono: 0265-631-23-41 ó 0414-070-62-01, Ciudad Ojeda, Estado Zulia, por la presunta comisión de la falta de PERTURBACIÓN A LA TRANQUILIDAD PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 506 del Código Penal, en perjuicio de ORDEN PÚBLICO, conforme al artíc.....