Por todo lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO CON FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS, CON COMPETENCIA EN LOS DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por la representación Fiscal del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra del ciudadano EDWIN JOSE CHACIN GUTIERREZ, de nacionalidad venezolana, portador de la cédula de identidad Nro. V-. 11.065.829, de 33 años de edad, de estado civil divorciado, de profesión u oficio operador de equipos pesados, fecha de nacimiento 10/03/1976, hijo de la ciudadana Iris Gutiérrez de Chacín (V) y Angel Chacín, residenciado en la población de Carrasquero, sector Bello Monte, casa No. 35-45 a 100 metros del Liceo Carlos Urdaneta, Parroquia Luis D´Vicente, Municipio Mara del Estado Zulia, por ser el presunto aut.....