Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Repblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, decretada en fecha 30-12-04, segn decisin No. 1833-04, y en consecuencia, se DECRETA MEDIDA DE PRIVACIN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado MILKO DE JESUS BERMUDEZ SOTO,, venezolano, natural de Maracaibo estado Zulia, titular de la cdula de identidad No. V-7.756.103, mayor de edad, domiciliado en la Urbanizacin San Francisco, avenida 27, sector 02, casa No. 08, a una cuadra de la Oficina de CANTV y al frente del Deposito de Licores RONNY, Municipio San Francisco del estado Zulia, por la comisin del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el Artculo 455 ordinal 6 del Cdigo Penal, cometido en perjuicio de la Empresa SUPER MAYOR SAN FRANCISCO y el ciudadano JESUS RAMON VEGA, de conf.....