IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en la INHIBICIÓN formulada por el Dr. JOSE COLMENARES, venezolano, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad número V-9.783.213, en su carácter de Juez del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA en el juicio que NULIDAD DE DOCUMENTO fuere interpuesta por la interpuesto por la ciudadana NILDA ROSA PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad, número V-4.332.433; en contra de los ciudadanos JOSE ARMANDO PERNIA y JOSE DOLORES PERNIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad, números V-3.370.678 y V- 4.328.899; declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por la por el Dr. JOSE COLMENA.....