Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este JUZGADO SÈPTIMO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CULPABLE AL CIUDADANO LEONARDO JOSE BARRETO TORO, nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, estado Zulia, fecha de nacimiento 11/03/1991, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, titular de la cédula de identidad No. V-23.853.772, hijo de Jerónimo Barreto y María Toro, domiciliado en Santa Rosa de Agua, calle 35, punto de referencia a dos cuadras del Abasto El Arroyo, en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, como AUTOR del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el Artículo 7 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio de RICARDO ANTONIO CHACIN CHIRINOS, y lo CONDENA a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO, mas las Pe.....