• APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Fijación de Régimen de Convivencia Familiar, incoado por el ciudadano JOHAN ANTONIO FINOL ORTIZ y YULENNY CHIQUINQUIRÁ CHIQUITO ARAUJO, en beneficio de la niña YULENNY CHIQUINQUIRA CHIQUITO CHIQUITO, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
• Se acuerda la cantidad de UN MIL BOLIVARES (Bs.1.000,oo) a razón de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.500,oo) quincenales, los cuales serán depositados en el Banco Nacional de Crédito en la cuenta de ahorros 0191/0032/42/1132040267.
• En el rubro salud: en lo referente a atención medica, medicamentos, exámenes, emergencias hospitalización y cirugía, ambos progenitores cubrirán dichos gastos en un 50% cada uno.
• En cuanto a la educación: útiles escolares, inscripción, transporte, uniformes escolares y mensualidades, serán cubiertos por ambos progenitores en proporción de un 50% cada uno
• En el mes de diciembre: el progenitor depositara en la cuenta antes indicada la cantida.....