Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a favor de los ciudadanos JOSE DANIEL GOMEZ BARRIOS, colombiano, mayor de edad, titular de la C. I. N° E-5.014.716 y residenciado en el Barrio Rómulo Betancourt, calle principal, casa sin número, Santa Cruz del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, y JOSE MORALES NIETO, colombiano, mayor de edad, titular de la C. I. N° E-13.803.073 y residenciado en el Barrio Rómulo Betancourt, calle principal, casa sin número, frente a la fábrica, Santa Cruz del Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, el sobreseimiento de la causa, seguida por el delito de HURTO DE GANADO MAYOR, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuic.....