Se DECLINA LA COMPETENCIA POR RAZON DEL TERRITORIO, del ciudadano KELVIN ARCAS BARRETO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-19.083.411 y residenciado en la Calle 2, Sector Las Brisas, Casa Sin Número, Pueblo Nuevo, Parroquia La Cruz Estado Monagas, el cual presenta DOS SOLICITUDES: Una por ante el Juzgado Sexto de Control, del Circuito Judicial Penal de Cumaná Estado Sucre, según Oficio N° 1C-1394-13, de fecha 19-11-2012, expediente RP01-P-2007-004740, NO ESPECIFICA DELITO y otra SOLICITUD por el Tribunal Quincuagésimo de Control del Área Metropolitana de Caracas, en el Asunto N° 50C-16.146-12, de fecha 14-11-2012, NO ESPECIFICA DELITO, a los fines de que sea escuchado por su Juez natural, tal como lo prevé el artículo 7 del Texto adjetivo Penal, en concordancia con los artículos58 y 62 del Código Orgánico Procesal Penal.