III.- Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus JOSÉ CLOFE ROSALES RAMIREZ a la ciudadana HILARIA MARÍA LOYO DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-7.704.689, en su condición de cónyuge y a los ciudadanos ELIZABETH MARÍA ROSALES LOYO, JOSE GREGORIO ROSALES LOYO, ZULAY COROMOTO ROSALES LOYO y MARIA BELKIS ROSALES LOYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos, V.- 10.450.543, V.-9.732.973, V.- 9.765.522 y V.- 25.905.268, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase en original, previa certificación de todas estas ac.....