Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que por el delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se le seguía al Ciudadano JHOLBYNIS GABRIEL ROMERO VELASQUEZ, venezolano, natural de Punta de Piedras, estado Nueva Esparta, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.827.329, instructor de windsurf, con residencia en el Dátil, Calle Principal, s/n, al frente del restaurant el Dátil, Municipio Díaz del estado Nueva Esparta, todo ello de conformidad con lo pautado en los artículos 45, 318 aparte infine, 322 en concordancia con el ar.....