Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA en relación al ciudadano ANTONIO JOSE CASTILLO ATENCIO, de nacionalidad venezolana, natural de Sinamaica, Municipio Mara del Estado Zulia, fecha de nacimiento 22-05-1980, de 25 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Vigilante de Seguridad en el Centro Comercial La Redoma, hijo de Manuel Castillo y de Mercedes Atencio, Cédula de identidad N° 22.254.768, y con residencia en los Haticos por abajo, Barrio La Esperanza de nuestros hijos, calle y casa sin número, a dos cuadras de la Panadería Gran Avenida, teléfono 0416-760-86-49 (perteneciente a su cuñada de nombre Viky), Maracaibo, Estado Zulia, en el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad c.....