Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada, al convenimiento celebrado entre la parte demandante ciudadana SONIA HERNÁNDEZ FUENMAYOR venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 3.659.944, de este domicilio, en nombre propio, el de sus hermanas y comuneras, TULIA MARGARITA RINCÓN FUENMAYOR y CARMEN TERESA HERNÁNDEZ FUENMAYOR, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.689.984 y 3.659.943 respectivamente y de este domicilio, coherederas de su difunta madre LILIA ISABEL FUENMAYOR DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identid.....