A.- HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, suscrito en fecha Seis (06) de Enero de 2.010 por ante la Fiscalía Trigésima Sexta (36ª) del Ministerio Público del Estado Zulia, con sede en Cabimas, por los ciudadanos: YENIFER KATRINA RIVAS ARCAYA y NICOLAS SEGUNDO MEDINA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de la célula de identidad Nos. V-18.807.273 y V-7.874.572, respectivamente, domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, en el presente procedimiento de ACTA CONVENIO (CUSTODIA), en beneficio del niño: (Se omite su nombre, de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), PASÁNDOLO EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA.
B.- No se archiva el expediente, por estar pendiente el cumplimiento de lo convenido.
C.- No hay condenatoria en costas, en virtud que la homologación obedece al propio convenimiento celebrado por las partes.
Déjese por Secretaría copia certificada de este fallo conforme a lo dispuesto e.....