ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2009-003074
ASUNTO : VP02-S-2009-003074
RESOLUCIÓN N° 189-10
Se recibió escrito de la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico, mediante el cual hace saber a este tribunal que en fecha 22 de Diciembre de 2009, ese despacho fiscal decreto el ARCHIVO FISCAL de conformidad con el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado ALFONSO JOSE PALMAR, portador de la Cedula de Identidad N° 13.407.074, por la presunta comisión del delitos de VIOLENCIA FISICA, CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los Artículos 42, de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA ROSARIO RODRIGUEZ; este Tribunal con fundamentos en el articulo 315 del Código Orgánico Procesal Penal resuelve de la manera siguiente: Observa este Tribunal que la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, no ha presentado acto conclusivo y se ha vencido el lapso establecido en el articulo 79 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, recibiéndose, el día 22 de Diciembre de 2009, la solicitud por parte del Ministerio Publico el Archivo Fiscal de la causa que e lleva en contra del ciudadano JOHAN MANUEL ARTEAGA DIAZ, por la presunta comisión del delitos de VIOLENCIA FISICA, CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los Artículos 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIA ROSARIO RODRIGUEZ. Así mismo, esta juzgadora declara el cese de las medidas cautelares, según las contempladas en el Artículo 256 Ordinales 3° del Código Orgánico Procesal Penal, así mismo, se revocan las medidas de Protección y Seguridad para la victima según lo establecido en el artículo 88 de la ley especial, las medidas de protección establecidas en el artículo 87 Ordinales 5 Y 6 de la mencionada ley especial, razón de lo cual es procedente en derecho declarar el CESE DE LA CONDICION DE IMPUTADO y se aceptar el archivo de las presentes actuaciones.- Así se declara.-
DECISION
Por los fundamentos antes expuesto, este Juzgado SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA el CESE de la condición de imputado, a favor del ciudadano ALFONSO JOSE PALMAR, portador de la Cedula de Identidad N° 13.407.074, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal y se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico de las presentes actuaciones. Regístrese la presente decisión, Publíquese y Notifíquese.-
LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL,

DRA. MANUELA ALVARADO RIGORES.
LA SECRETARIA,

ABOGADA. ZAINETH SOTO.
En esta misma fecha se libro el oficio respectivo a la Fiscalía Tercera del Ministerio Publico anexando las investigaciones que conforman la presente causa.-

LA SECRETARIA,

ABOGADA. ZAINETH SOTO.